AREA DE URBANISMO

El objetivo fundamental de las Normas Subsidiarias (NNSS) es el desarrollo urbanístico moderado y puntual en el municipio, evitando aglomeraciones edificatorias a favor de unos tratamientos que, aunque mayoritariamente de uso comercial y de servicios reducen y minimizan el posible impacto sobre el paisaje.

De forma específica, los objetivos perseguidos son consecuencia de la aparición de demandas urbanísticas que se presentan. De un lado, la necesidad de crear suelos para instituciones y servicios y, de otro, por necesidades de establecer un sistema de comunicaciones a su paso por el municipio y en relación con los municipios colindantes.

Objetivos:

  • Cambio de la clasificación de "suelo no urbanizable afecto al Campus de la Salud"
  • Cambio de la clasificación del Suelo Urbanizable Comercial, sector PP-C, a Suelo Urbano Comercial, dado el avanzado estado de tramitación del Plan Parcial y la urgente tramitación del Plan Parcial y la urgente necesidad municipal de realizar una política de empleo y riqueza en el municipio.
  • Cambiar la calificación de parte del Suelo Urbanizable. Residencial a suelo urbanizable comercial.
  • Habiéndose agotado prácticamente el suelo urbano disponible y dados las expectativas creadas en el municipio, se propone la creación de nuevo Suelo Urbano. Residencial en una parte del actual sector PP-B.
  • "Organización y zonificación de espacios libres".
  • Inclusión como suelo urbano directo, en concreto serían las UU-EE 9, 11 y 12 de uso Residencial y los UUEE-7 y 13 de uso comercial.
  • Dada la demanda de instalaciones deportivas se crea un nuevo suelo urbano. Deportivo en el actual suelo urbanizable, industrial, al norte del municipio.
  • En cuanto al sistema de comunicaciones, se recoge el sistema de conexiones dela Ronda de Circunvalación y el sistema viario interno del sector PP-C, de Armilla con la autovía de Circunvalación de Granada (C.N.-323), así como los nudos de enlace de acceso al futuro Campus de la Salud desde la Autovía y desde la Ronda Este del municipio de Armilla.
  • El Plan de Ordenación del Territorio para la Aglomeración urbana de Granada afecta a estos suelos mediante un "sistema de espacios libres Zona 3".

La construcción de instalaciones par la mejora de uso público, adecuándose la propuesta, a la normativa "Plan de Ordenación del Territorio de la Aglomeración Urbana de Granada"( P.O.T.A.U.G).

  • Clasificar y calificar la franja comprendida entre el acceso "Segunda Circunvalación-Granada por Churriana de la Vega (VAU-05 P.O.T.A.U.G)" y el vial de Ronda de Armilla, localizada en el plano P-211, "zonificación-usos pormenorizados como "Suelo no urbanizable. Sistema General. Parque Periurbano".

Los espacio libres y equipamientos deportivos de sistemas locales correspondientes a los planes parciales PP-E y PP-F quedarán incorporados al citado Parque Periurbano, pero computado como cesiones a efectuar para ambos planes.

La obtención de este sistema general se realizará por el sistema de expropiación a salvo de lo que dispongan los organismos o en su caso mediante instrumentos que se relacionan en el artículo 0.15 del "Plan de Ordenación del Territorio de la Aglomeración Urbana de Granada".

Plaza de la Constitución , s/n

Tfn.: 958 57 80 34

 
© Ayuntamiento de Armilla Última actualización, 19.12.2002